Requisitos visuales para renovar el carnet de conducir

Una buena visión es esencial para poder conducir, por tanto el reglamento general de conductores establece una serie de requisitos mínimos para evaluar la capacidad visual del conductor y determinar si es apto para obtener o renovar el carnet de conducir.

En este artículo vamos a repasar de forma sencilla cuáles son los requisitos visuales para obtener los permisos de conducir más habituales, los de categoría A y B, que nos permiten conducir un ciclomotor, una moto o un coche.

En principio su vigencia es de 10 años hasta que el conductor cumpla 65 años, a partir de esa edad toca renovar el carnet cada 5 años. Sin embargo dependiendo de nuestra salud visual nos pueden establecer restricciones, reducir el tiempo de validez e incluso denegar la renovación. A continuación vamos a explicar los requisitos visuales necesarios para cada una de las exploraciones que se realizan:

Agudeza visual

La agudeza visual es la capacidad de nuestro sistema visual para detectar, distinguir o identificar detalles espaciales con buenas condiciones de iluminación. La legislación actual sólo tiene en cuenta la visión de lejos y para los permisos A o B es necesario que tengamos una agudeza visual de 0,5 con ambos ojos.

Las personas que tienen visión monocular, es decir que ven sólo con un ojo, también pueden llegar a obtener estos permisos pero se deben atener a unas limitaciones que marca el reglamento.

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Si se ha operado la vista con cirugía refractiva para corregir algún problema de miopía, hipermetropía o astigmatismo, el reglamento no tiene en cuenta la técnica utilizada (LASIK, FemtoLASIK, PRK, etc.), simplemente exige esperar un mes desde la intervención para poder renovar el carnet.

Campo visual

El campo visual es la porción del espacio que podemos ver con la mirada fija en una determinada posición. Se puede dividir en una región central, donde tenemos la mayor agudeza visual, y una región periférica que usamos para detectar otros vehículos o peatones que aparecen por los laterales.

Es interesante saber que nuestro campo visual se reduce a medida que aumentamos la velocidad. Por tanto es esencial según el reglamento que el campo visual tanto en visión binocular como monocular sea normal.

Además el campo visual central no ha de presentar escotomas absolutos ni escotomas relativos significativos en la sensibilidad retiniana. Es decir, que la región central de nuestro campo visual no puede tener zonas ciegas.

Afaquias y pseudofaquias

La afaquia es la ausencia de cristalino ya sea por una cirugía ocular o algún problema congénito, la pseudofaquia generalmente se refiere a pacientes sometidos a una cirugía de cataratas, donde el cirujano reemplaza el cristalino natural por una lente intraocular.

Si le acaban de operar de cataratas debe esperar un mes para poder renovar el carnet de conducir. En estos casos el período de vigencia del permiso de conducir será como máximo de tres años, según criterio médico.

Sensibilidad al contraste

Las sensibilidad al contraste es la capacidad de nuestro sistema visual para recuperarse tras un deslumbramiento o para ver en situaciones con poca luz o con iluminación artificial. El reglamento indica que no deben existir alteraciones significativas en ambos casos.

Por lo general son las personas mayores o aquellos que han sido operados de cataratas los que pueden experimentar mayores problemas para adaptarse a la oscuridad o los cambios de iluminación. A criterio del oftalmólogo se pueden establecer restricciones, como por ejemplo prohibir conducir de noche, para garantizar la seguridad de la conducción.

Motilidad palpebral

Parpado caido

Párpado caído

La movilidad de los párpados es fundamental para mantener los ojos limpios y lubricados. El reglamento no admite a conductores con ptosis ni lagoftalmias que afecten a la visión.

La ptosis es cuando el párpado superior está más caido de lo normal, y la lagoftalmia es cuando no podemos cerrar completamente los párpados, algo que sucede por ejemplo a las personas que han sufrido una parálisis facial.

Si el problema desaparece o se corrige mediante blefaroplastia el conductor podrá renovar su carnet de conducir sin problemas.

Motilidad del globo ocular

El movimiento del globo ocular es un sistema complejo que debe permitir la percepción de una imagen en ambos ojos de forma simultánea. El oftalmólogo puede evaluar de forma sencilla el movimiento de nuestros ojos en varias direcciones y determinar si existe algún problema.

Los problemas de motilidad del globo ocular más frecuentes son una limitación en la convergencia o divergencia, lo cual puede causar un visión doble (diplopía) o limitación de campo.

Aparte del estrabismo, otro trastorno de la movilidad ocular que contempla el reglamento es el nistagmo, el cual no será un impedimento para obtener la licencia siempre y cuando permita alcanzar los niveles visuales adecuados de los apartados anteriores y no origine fatiga visual durante la conducción.

En cualquier caso, este apartado queda bastante a criterio del oftalmólogo, ya que aunque no se mencionan, el reglamento deja claro que no se admiten otros defectos de la visión binocular que impidan alcanzar los requisitos visuales mínimos, y aunque los alcance es el especialista quien debe valorar si afectan en otros aspectos y quien fija las posibles limitaciones del permiso.

Deterioro progresivo de la capacidad visual

Como en el apartado anterior, en el caso de enfermedades que ocasionan un deterioro progresivo de la capacidad visual, como es el caso del glaucoma, en primer lugar se deben alcanzar los requisitos mínimos de agudeza visual, campo visual, sensibilidad al contraste, etc.

Aunque los alcance, queda a criterio del oftalmólogo el análisis de los posibles factores de riesgo asociados y los controles periódicos, quien puede establecer una validez del permiso de conducir inferior al normal.

Deterioro agudo de la capacidad visual

Un deterioro agudo de la capacidad visual implica una pérdida importante y repentina de la visión en un ojo. Como es natural es un cambio dramático que no se puede tomar a la ligera. En estos casos, el reglamente establece que deben transcurrir seis meses sin conducir antes de poder renovar el permiso de conducir. Además deberá aportar un informe oftalmológico favorable.

En resumen, si sufre determinados problemas de visión que afectan por ejemplo a su agudeza visual, su sensibilidad al contraste o su visión binocular le pueden denegar la renovación del permiso de conducir, limitar su uso o bien su vigencia. Por tanto si en breve debe realizar este trámite, es mejor que revise su vista para no llevarse una desagradable sorpresa.

En las clínicas oftalmológicas Vistaláser de Málaga, Marbella y Granada podemos evaluar su salud ocular y ofrecerle diversos tratamientos de cirugía ocular para resolver sus problemas. Si lo desea ahora puede concertar una cita sin compromiso en su clínica más cercana.

Ver Reglamento General de Conductores